
Teléfono de contacto: 938 853 830
TRANSPARENCIA A LA HORA DE COMUNICAR IRREGULARIDADES: PLAN DE PREVENCIÓN Y CANALES
¿Qué es la Comisión de Unidad de Cumplimiento Normativo?
La Comisión de Unidad de Cumplimiento Normativo de los Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca con sus Casas Familiares y Centros de la Fundación Cruz Blanca (en adelante Familia Cruz Blanca o Cruz Blanca) es un órgano colegiado de carácter autónomo, que actuará en el marco del Plan de Prevención de Riesgos Penales (Compliance Programme) de Cruz Blanca con independencia funcional respecto de otros órganos y direcciones de las dos entidades.
Esta Comisión se regirá por lo establecido en el Plan de Prevención de Riesgos Penales, y los acuerdos adoptados por el Consejo General y Patronato de las dos entidades, en relación con el Plan de Prevención de Riesgos Penales de la Familia Cruz Blanca, así como por el Reglamento de la Unidad de Cumplimiento Normativo.
La Comisión depende jerárquica y funcionalmente del Consejo General de la Congregación y con carácter general, tiene la competencia principal de velar por la aplicación, desarrollo y revisión del Plan de Prevención de Riesgos Penales. El Consejo General de la Congregación es el órgano directivo de referencia y será el encargado de dirigir este comité o comisión, y de nombrar o separar a sus miembros.
En todo caso, la Comisión de la Unidad de Cumplimiento ejercerá directamente las competencias relativas a la valoración del funcionamiento del Plan de Prevención de Riesgos Penales en su conjunto, de la gestión del Canal de denuncias y de sus investigaciones internas (a través del ombudsman), así como de la aprobación y actualización del Mapa de Riesgos Penales y las medidas asociadas al mismo.
Así pues, esta Comisión tiene como misión principal velar por el cumplimiento de las normas de índole penal (norma externa), así como por la observancia de las reglas de nuestro Código Ético (norma interna), evitando los riesgos de infracciones en ambos ámbitos mediante el establecimiento de un Plan de Prevención, tal y como hemos comentado.
¿Qué es el sistema de información para comunicar irregularidades?
Es un instrumento de comunicación habilitado por CRUZ BLANCA para sus Casas Familiares y/o centros, para poder comunicar comportamientos irregulares, malas praxis, comportamientos ilícitos o que sean constitutivo de una infracción grave o muy grave, producidos en la Entidad. A este sistema se le ha asignado el CANAL DENUNCIAS.
¿Qué es el Canal Denuncias Cruz Blanca?
Según queda detallado en el Código ético de Cruz Blanca en el apartado sexto:
VI.2. Canal de Denuncias
Cruz Blanca pone a disposición de sus trabajadores y trabajadoras y equipos directivos un Canal Ético o de Denuncias que ha de funcionar como un buzón confidencial y directo a través del que se pueda comunicar cualquier irregularidad que tenga sombra de ilícito o ilegalidad. También se podrán realizar consultas sobre la aplicación o interpretación de este Código o sobre el sistema de Cumplimiento Normativo.
Este Canal Denuncias se hace extensivo a todas las personas que se relacionan con la Entidad más allá de una relación contractual.
Personas que pueden acceder al Canal Denuncias Cruz Blanca
Personas trabajadoras de la Entidad Cruz Blanca
Hermanos de las comunidades
Personas voluntarias
Personas que hayan prestado sus servicios en la Entidad por cuenta ajena
Proveedores que tengan relación con la Entidad
Personas que colaboran con la Entidad de forma permanente o esporádica
Personas que se relacionan con la Entidad a través de otras entidades, asociaciones, etc.
Personas de prácticas en sus estudios
Familiares o personas tutoras de las personas atendidas
Fundaciones tutelares de las personas atendidas
Personas que tienen relación con la Entidad Cruz Blanca
¿Quién gestiona el Canal Denuncias Cruz Blanca?
Será la Comisión de la Unidad de Cumplimiento Normativo la que gestione este Canal de Denuncias, junto con la figura del “ombudsman”. Las denuncias se dirigirán por correo electrónico a esta figura del “ombudsman” quién, con estricto cumplimiento de los principios de confidencialidad y privacidad, será el encargado de tramitarlas y presentarlas a la Comisión con el correspondiente informe o ponencia para resolver lo que proceda.
¿Qué se puede comunicar en el Canal Denuncias Cruz Blanca?
Todo tipo de comportamientos que se produzcan en la Entidad CRUZ BLANCA que puedan ser constitutivos de delito o de una infracción administrativa grave o muy grave.
Nota importante: quedan excluidas las siguientes comunicaciones a través del Canal de Denuncias CRUZ BLANCA:
Quejas o sugerencias de las personas atendidas o terceras personas, debiendo acudir a los canales correspondientes establecidos: por ej. buzones de sugerencias, reuniones, etc.
Solicitudes de información que deberán ser solicitados por los canales establecidos.
Reclamaciones de personas atendidas, usuarias enmarcadas en el ámbito de protección al consumidor, salvo que la información se refiera a hechos constitutivos de infracción administrativa grave o muy grave. Las reclamaciones referidas en este apartado deberán efectuarse por los canales establecidos en cada Casa Familiar y Centro de la FCB.
Comunicaciones o reclamaciones de naturaleza civil derivadas de la actividad profesional, o bien asociadas a un expediente de responsabilidad patrimonial.
Comunicaciones o reclamaciones de naturaleza civil derivadas de la interpretación y ejecución de un convenio, acuerdo o contrato de prestación de servicios suscrito con CRUZ BLANCA.
Comunicaciones o reclamaciones correspondientes a derechos y/o condiciones económicas de naturaleza laboral.
Nota importante: quedan de forma excepcional incluidas las siguientes comunicaciones a través del Canal de Denuncias CRUZ BLANCA:
Las comunicaciones e informaciones recibidas a través del Canal de Denuncias CRUZ BLANCA, que puedan suponer hechos constitutivos de ilícito penal y/o infracción administrativa grave o muy grave, tales como:
Infracción de medidas de seguridad y salud en el trabajo
Infracción de normas en materia de alta y/o cotización a la seguridad social
Existencia de falso autónomo
Adopción de medidas de represalia
Otras no excluidas
Nota importante: no se admitirán las comunicaciones y/o informaciones que contengan hechos que no son objeto de este canal.
¿Dónde y cómo comunicar?
De forma nominal o anónima, de la siguiente forma a través de los canales siguientes:
Canal digital establecido en las webs de las entidades refiriéndose a cualquiera de las comunicaciones e informaciones anteriormente descritas. Por esta vía se garantiza el anonimato.
Si lo desea hacer por esta vía deberá cumplimentar el formulario, leer y aceptar las condiciones de funcionamiento del canal, así como la Política de Privacidad.
De forma escrita
Correo postal de forma nominal o anónima remitido a la dirección que se informa en la webs www.cruzblanca.org y www.fundacioncruzblanca.org debiendo dirigirla la persona interesada al órgano de Comisión Unidad de Cumplimiento Normativo.
Fundación Cruz Blanca C. Murcia 10, sótano, Oficina C. 28045 Madrid
Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca C. Anís 6, apartado correos n.4 41089 Montequinto
Correo electrónico de forma nominal o anónima a través de la dirección de mail: canaldenuncias@cruzblanca.org
Verbalmente
A través del teléfono de contacto: 938 853 830 de forma nominal solicitando por la persona Oficial de Cumplimiento Normativo que lleva el tema de Canal Denuncias CRUZ BLANCA.
Cita previa las personas podrán solicitar cita a través del propio sistema de información para formular la comunicación de forma verbal.
Solicitud de cita para comunicación verbal
Nota importante: Las comunicaciones verbales deberán documentarse sea mediante una grabación de la conversación en un formato seguro, duradero y accesible. O mediante una transcripción completa y exacta de la conversación realizada por la persona responsable de tratarla.
Contenidos mínimos para cualquier comunicación
Datos identificativos de la persona que realiza la comunicación, salvo en caso que opte por formular la comunicación de forma anónima.
Datos de contacto: teléfono y correo electrónico, teniendo en cuenta la salvedad anterior.
Relación de la persona informante con la Entidad CRUZ BLANCA.
Identificación de la Casa Familiar, Centro, Comunidad, lugar y municipio o ciudad en la que se han producido los hechos sobre los cuales se informa.
Breve descripción pormenorizada de los hechos informados: fecha, objeto o categoría, descripción concreta.
Medios de prueba que sirven para la comunicación (testigos, documentación adjunta).
Nota importante: cualquier comunicación deberá contener los requisitos mencionados anteriormente, de lo contrario, podría ser inadmitida.
Después de haber enviado la comunicación siempre recibirá un acuse de recibo en el plazo máximo de 5 días.
Seguimiento de las comunicaciones
En caso de admisión de la comunicación, el procedimiento de investigación tendrá una duración máxima de 60 días, salvo que la complejidad del asunto determine la necesidad de ampliar el mismo, con el límite de 60 días adicionales. (Revisar procedimiento de la Comisión).
La persona denunciante podrá hacer seguimiento de la denuncia de forma on line, o bien contactando, a través del acceso que se muestra a continuación, con el Oficial de Cumplimiento Normativo, viniendo este obligado a comunicar el estado de la investigación. A tal efecto deberá utilizar el código de verificación que se le facilitará.
En el caso de determinarse que el hecho o el comportamiento informado pudiera ser constitutivo de delito, la Entidad CRUZ BLANCA lo comunicará inmediatamente a la Fiscalía correspondiente.
Tratamiento de datos en las comunicaciones
La Entidad CRUZ BLANCA garantiza que todas las informaciones recibidas por el Canal de Denuncias, o por los canales establecidos se tratarán de forma confidencial y de conformidad con la normativa de protección de datos en vigor, protegiendo la identidad de las personas informantes y de cualquier otra persona mencionada. Antes de empezar el proceso de comunicación las personas deberán leer y aceptar la política de privacidad, en la que se detallan los aspectos esenciales sobre el tratamiento de los datos.
